Guía de Recomendaciones para la Prevención del Fraude en Seguros para la Comunidad

La presente guía de recomendaciones se incluye en cumplimiento del ARTICULO IV apartado “d” de la resolución 38.477, y con el objeto de que los tomadores, asegurados y beneficiarios tomen conocimiento de las acciones de disuasión y prevención del fraude en seguros, que acorde a la experiencia de cada entidad y según el ramo que se explote deberán ser alertados en orden a que:

  • Nunca deben firmar en blanco formularios de reclamos o denuncias de siniestros.
  • Nunca deben aceptar dinero, o suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceros desconocidos.
  • El fraude que se dirige contra el asegurador causa daños a toda la comunidad, incide en los costos de las primas, y ocurre cuando la gente engaña a la compañía (y/o al productor asesor de seguros) para cobrar dinero u obtener alguna otra ventaja a la que no tiene derecho.
  • Las declaraciones falsas o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que de ser tomadas en cuenta hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, hacen nulo el contrato, resultando de mayor gravedad las consecuencias frente a actitudes dolosas o de mala fe.
  • Nunca deben avenirse a cooperar en la realización de una maniobra de fraude.
  • Siempre deben consultar con su aseguradora ante cualquier duda o eventualidad y comunicar novedades que surjan.
  • Deben estar advertidos respecto de la oferta de coberturas, generalmente de costo por debajo de la media del mercado, por parte de comercializadores no autorizados.